Evidentemente nuestro despacho facilitara a nuestro cliente los documentos legales pertinentes recogidos en los números 5, 6 y 7 así como la solicitud del ERTE para que sea presentado con el certificado digital de la empresa o del autónomo.
Como en el caso del coronavirus, que es lo que justifica la fuerza mayor, este despacho no saben bien cómo se desarrollarán los acontecimientos, lo razonable parece ser establecer un periodo más amplio que los 15 días de estado de alarma para que el empleador tenga un poco más de margen en caso de que la situación se prolongue, nosotros solicitamos 15 días más quince y ampliación caso de prolongarse el Estado de Alarma.
Si finalmente esta contingencia se resuelve antes, el empresario solicitara a los empleados que se reincorporen antes del plazo máximo que se establece en el ERTE