AUTÓNOMOS, DECÁLOGO, PASOS A SEGUIR PARA EL CESE DE ACTIVIDAD
- Haber estado afiliado y en alta en Autónomos a la fecha de la declaración del Estado de Alarma.
- Si el Autónomo tiene trabajadores debe solicitar un ERTE.
- Estar al corriente en el pago de las cuotas de la seguridad social o bien ponerse al corriente en un periodo de 30 días desde la declaración del estado de alarma.
- Su actividad debe haber quedado paralizada o al menos haber disminuido un 75% de sus ingresos. Consulte con nosotros si tiene alguna duda.
- Pueden ser Personas Físicas (Autónomo) o Jurídicas (Sociedades).
- No hay que darse de baja ni en hacienda ni en la Seguridad Social (Esencial).
- Cobrarán el 70% de la base de Cotización (mínima vigente: 944,40 €), la prestación será de un mínimo de 661 €.
- Cesará su obligación de pagar las cotizaciones sociales durante el estado de Alarma y hasta el ultimo día del mes que este dure.
- Se debe solicitar a la MUTUA.
- Denos su email y nosotros les enviaremos el formulario, para ello pulse en SOLICITAR FORMULARIO.
Muy probablemente muchos Autónomos o empresas no sepan como realizar estas gestiones nosotros les ayudamos, cada caso igual que cada paciente debe ser tratado y estudiado personalmente, cada profesional en su campo de conocimiento debe aportar su saber para ello, nosotros los estaremos junto a nuestros clientes y ayudaremos resolviendo las consultas de autónomos y empresarios de forma individualizada o mediante blogs y artículos como este.